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This Concept Map, created with IHMC CmapTools, has information related to: Disposiciones finales, Modificación del Real Decreto Legislativo 1/2001 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas Se modifica El artículo 72, Relaciones de la evaluación ambiental con la legislación sectorial. Deberán establecer plazos Las normas sectoriales reguladoras de la tramitación y de la adopción o aprobación de los planes, programas y proyectos, Disposiciónes finales Séptima Relaciones de la evaluación ambiental con la legislación sectorial., Disposiciónes finales Novena Autorización de desarrollo, Títulos competenciales donde sólo serán de aplicación a la Administración General del Estado y a sus organismos públicos Los plazos establecidos en los artículos 17, 18, 19, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y en la disposición adicional décima., las Comunidades Autónomas que dispongan de legislación propia en materia de evaluación ambiental deberán adaptarla a lo dispuesto en esta Ley Sin embargo las Comunidades Autónomas podrán optar por realizar una remisión en bloque a esta ley , que resultará de aplicación en su ámbito territorial como legislación básica y supletoria., las Comunidades Autónomas que dispongan de legislación propia en materia de evaluación ambiental deberán adaptarla a lo dispuesto en esta Ley con un plazo de un año desde su entrada en vigor, Modificación de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Se añade Dos nuevas letras s) y t) al apartado 1 del artículo 76, Disposiciónes finales Undécima Entrada en vigor en relación con la normativa autonómica de desarrollo, Disposiciónes finales Segunda Modificación de la Ley 52/1980, de régimen económico de la explotación del acueducto Tajo-Segura., Títulos competenciales donde sólo serán de aplicación a la Administración General del Estado y a sus organismos públicos Los artículos 3.3, 8. 3, 8.4, 11.1; el capítulo III del título III; la disposición adicional sexta; los apartados 2 y 3 de la disposición adicional séptima; y la disposición adicional novena., Disposiciónes finales Quinta Modificación de la Ley 11/2005 por la que se modifica la Ley 10/2001 del Plan Hidrológico Nacional., Modificación de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Se añade Un nuevo artículo 80, Modificación de la Ley 10/2001 del Plan Hidrológico Nacional Se modifica La disposición adicional tercera, Disposiciónes finales Tercera Modificación de la Ley 10/2001 del Plan Hidrológico Nacional, Entrada en vigor donde La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»., Disposiciónes finales Sexta Incorporación del Derecho de la Unión Europea, Modificación de la Ley 11/2005 por la que se modifica la Ley 10/2001 del Plan Hidrológico Nacional. Se modifica El apartado 1 de la disposición adicional sexta, Modificación de la Ley 10/2001 del Plan Hidrológico Nacional Se introduce Una nueva dispoción adicional decimoquinta, Modificación de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Se suprime El apartado 4 del artículo 77