WARNING:
JavaScript is turned OFF. None of the links on this concept map will
work until it is reactivated.
If you need help turning JavaScript On, click here.
Este Cmap, tiene información relacionada con: Demanda en debida forma (Anexos, requisitos esp, hechos, derechos, pruebas), DEMANDA EN DEBIDA FORMA (Art 75 y # 1 y 4 Art 85 CPC) ???? Debe desarrollar en sí misma todos los presupuestos procesales y en espe- cífico todos los requisitos del artículo 75 CPC. Ojo: a veces debe llenar otros requisi- tos adicionales (Art 76 CPC)., Debe desarrollar en sí misma todos los presupuestos procesales y en espe- cífico todos los requisitos del artículo 75 CPC. Ojo: a veces debe llenar otros requisi- tos adicionales (Art 76 CPC). Se exige dentro de estos: Determinar cuantía del proceso (para determinar competencia), proceso que corresponde a la demanda y direcciones para notificaciones., Debe desarrollar en sí misma todos los presupuestos procesales y en espe- cífico todos los requisitos del artículo 75 CPC. Ojo: a veces debe llenar otros requisi- tos adicionales (Art 76 CPC). ¿Que requisitos adicionales existen en general? -En demandas las de petición de herencia bastará que se reclamen en general los bienes del causante, o la parte o cuota que se pretenda. - Determinación de bienes: + Muebles: en cuanto a su cantidad, calidad, peso o medida, o se identificarán, según fuere el caso. + Inmuebles: por su ubicación, linderos, nomenclaturas y demás circunstancias que los identifiquen. No se exigirá la transcripción de linderos cuando estos se encuentren contenidos en alguno de los documentos anexos a la demanda. - En aquellas en que se pidan medidas cautelares, se deter- minarán las personas o los bienes objeto de ellas, así como el lugar donde se encuentran., -En demandas las de petición de herencia bastará que se reclamen en general los bienes del causante, o la parte o cuota que se pretenda. - Determinación de bienes: + Muebles: en cuanto a su cantidad, calidad, peso o medida, o se identificarán, según fuere el caso. + Inmuebles: por su ubicación, linderos, nomenclaturas y demás circunstancias que los identifiquen. No se exigirá la transcripción de linderos cuando estos se encuentren contenidos en alguno de los documentos anexos a la demanda. - En aquellas en que se pidan medidas cautelares, se deter- minarán las personas o los bienes objeto de ellas, así como el lugar donde se encuentran. ¿Que anexos deben acompañarla? (Art 77 CPC) 1. El poder para iniciar el proceso, cuando se actúe por medio de apoderado. 2. La prueba de la representación legal del demandante y del demandado, si se trata de personas naturales que no pueden comparecer por sí mismas. 3. La prueba de la existencia y representación de las personas jurídicas que figuren como demandantes o demandados, excepto los municipios, y las entidades públicas de creación constitucional o legal (si no se puede ver Art 78 CPC). 4. La prueba de la calidad de heredero, cónyuge, curador de bienes, administrador de comunidad o albacea con que actúe el demandante o se cite al demandado. 5. Los documentos y pruebas anticipadas que se pretenda hacer valer y que se encuentren en poder del demandante. 6. Las demás pruebas que para el caso especial exija este Código., Debe desarrollar en sí misma todos los presupuestos procesales y en espe- cífico todos los requisitos del artículo 75 CPC. Ojo: a veces debe llenar otros requisi- tos adicionales (Art 76 CPC). Se exige dentro de estos: Designación de los hechos: lo que debe hacerse de manera determinada, clasificandose y enumerandose cronológicamente; constituyen el fundamento fáctico de la pretensión, cosa pues que si un hecho no se enuncia no será objeto de prueba. Su formulación se debe referir solo a lo primordial para especificar el origen y la identidad de la pretensión, poniendo al descubierto desde un principio la conexión que debe haber entre el estado de cosas antecedentes que originó el litigio., Debe desarrollar en sí misma todos los presupuestos procesales y en espe- cífico todos los requisitos del artículo 75 CPC. Ojo: a veces debe llenar otros requisi- tos adicionales (Art 76 CPC). Se exige dentro de estos: Petición de pruebas (Art 175 CPC): se hace referencia a las declaraciones de parte, testimonios, documentos, juramento estimatorio, pericia, inspección judicial, etc., Debe desarrollar en sí misma todos los presupuestos procesales y en espe- cífico todos los requisitos del artículo 75 CPC. Ojo: a veces debe llenar otros requisi- tos adicionales (Art 76 CPC). Se exige dentro de estos: Determinar fundamentos de derecho: indicando las normas sustantivas o procesales que fundamentan las pretensiones. Si se citan normas de manera equivoca o incompleta esto no es error grave ni motivo de inadmisión, todo por que se parte de la base de que el juez conoce el derecho (iura novit curia)., DEMANDA EN DEBIDA FORMA (Art 75 y # 1 y 4 Art 85 CPC) Definición Es el acto procesal mediante el cual se ejerce el derecho de acción y en el que se plasma la pretensión.