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Este Cmap, tiene información relacionada con: RD 1027-1993 Y RD 1138-2002, Las Consejerías de Educación promueven, dirigen y gestionan Centros (art. 7), MECD pero a las órdenes Jefe de la Misión Diplomática respectiva, de titularidad del Estado español (art. 8-20) sujetos El principio de la unidad de acción del Estado en el exterior, RD 1138/2002, DE 31 DE OCTUBRE regula El Personal Docente (art 14-17), Las Consejerías de Educación puede tener Asesores Técnicos, Programas específicos para hijos de residentes españolesen el extranjero. concretamente La Aulas de Lengua y Cultura Españolas (ALCE), Centros (art. 7) que pueden ser con participación de Estado español (titularidad mixta) (art. 21-24), Agregados pueden ser destinados a Ciudades distintas de la sede de la Embajada, Convenios de colaboración como Programas de apoyo a la enseñanza del español, de titularidad del Estado español (art. 8-20) sujetos Jefe de la Misión Diplomática respectiva, Agregados pueden ser destinados a Estados donde no exista Consejería, Las Consejerías de Educación promueven, dirigen y gestionan Acción educativa en el marco de sistemas extranjeros (art. 25-41), Estados donde no exista Consejería realizará las funciones Asignadas por el Consejero a cuya demarcación corresponda dicho Estado, El Personal Docente (art 14-17) también el Personal docente en funciones directivas (art. 18-19), RD 1138/2002, DE 31 DE OCTUBRE deroga art. 43-59 (referentes a las Consejerías de Educación), Centros (art. 7) que pueden ser de titularidad del Estado español (art. 8-20), Las Consejerías de Educación son Órganos técnicos de las Misiones Diplomáticas de España, de titularidad del Estado español (art. 8-20) pueden ser Centros en los que se impartan enseñanzas de diferentes niveles o etapas., de titularidad del Estado español (art. 8-20) imparten Enseñanzas conforme al SE español, con participación de Estado español (titularidad mixta) (art. 21-24) mediante Convenios con Administraciones extranjeras mediante fundaciones o sociedades