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This Concept Map, created with IHMC CmapTools, has information related to: Linea de tiempo marco normatico y politico de los planes de intervencion, para que las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud puedan mejorar su situación financiera relacionada con la deuda de las Entidades Promotoras de Salud de los regímenes contributivo y subsidiado o las Cajas de Compensación Familiar que administren este último régimen. Decreto 196 de 2013 Por el cual se fija el procedimiento y los criterios de distribución y asignación de recursos del SGP para salud en el componente de prestación de servicios a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda y se dictan otras disposiciones, Por la cual se adopta el Manual de Condiciones para el Diseño y Adopción del Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero por parte de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial, categorizadas en riesgo medio o alto. ??Decreto 2687 de 2012 Por el cual se reglamenta el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011 (recursos CCF), Por el cual se modifican los Decretos 1486 de 1994, 1922 de 1994, 723 de 1997, y 046 y 047 de 2000 y se dictan otras disposiciones. "La Superintendencia Nacional de Salud deberá aprobar los programas de copagos y pagos moderadores que pretendan desarrollar las entidades, dependencias o programas de medicina prepagada y definirá la forma como se le deberá suministrar al usuario información al respecto. Ley 715 de 2001 Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros., Por la cual se establecen los términos y se adopta la metodología para la elaboración de los Planes Financieros. Resolución 889 de 2014 Por la cual se modifica la Resolución 3239 de 2013 que reglamenta el procedimiento para implementar la compra directa de cartera de las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud, con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías del FOSYGA, Crea el Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS- y señala que éste sistema debe ordenar las instituciones y los recursos necesarios para alcanzar los objetivos, unificar la normatividad y la planeación de la seguridad social. Artículo 205 de la Ley 100 de 1993 “Administración del Régimen Contributivo. Las Entidades Promotoras de Salud recaudarán las cotizaciones obligatorias de los afiliados., definió que la Atención en salud a las víctimas de atentados terroristas, combates, ataques a Municipios y masacres, ocasionadas en marco del conflicto armado interno Ley 1448 de 2011 Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones., Por medio del que se define el instrumento a través del cual el Ministerio de la Protección Social girará los recursos del Régimen Subsidiado a las Entidades Promotoras de Salud, se establecen medidas para agilizar el flujo de recursos entre EPS e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y se dictan otras disposiciones. Decreto 2710 de 2012 Por el cual se regula la cofinanciación de la Nación en la cobertura del régimen subsidiado de Entidades Territoriales productoras que destinaron regalías para dicho régimen, definió la cobertura por gastos de servicios de salud (médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios) por lesiones con cargo al seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, en ochocientos (800) SMDLV Ley 1753 de 2015 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014- 2018 “Todos por un nuevo País”, establece las directrices para la ejecución, seguimiento y evaluación del PIC. Establece las intervenciones, procedimientos, actividades e insumos que serán financiados con recursos del Plan de Salud Pública de Intervenciones. Decreto 056 de 2015 definió la cobertura por gastos de servicios de salud (médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios) por lesiones con cargo al seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, en ochocientos (800) SMDLV, Los cotizantes dependientes o afiliados adicionales, de que trata el artículo 40 del Decreto 806 de 1998, sólo podrán ser inscritos o continuar como afiliados adicionales, siempre que el cotizante pague en forma mensual anticipada a la Entidad Promotora de Salud Ley 782 de 2002 definió que la Atención en salud a las víctimas de atentados terroristas, combates, ataques a Municipios y masacres, ocasionadas en marco del conflicto armado interno, El Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA- fue creado como una cuenta adscrita al Ministerio de Salud, la cual tiene a cargo los recursos que financien y/o cofinancien el Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS. Decreto 2280 de 2004 Por el cual se reglamenta el proceso de compensación y el funcionamiento de la Subcuenta de compensación interna del régimen contributivo del Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA., Por el cual se reglamenta la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes del Tránsito del Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, se establecen las condiciones de operación del aseguramiento de los riesgos derivados de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, eventos catastróficos y terroristas, las condiciones generales del seguro de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, SOAT Ley 4107 de 2011 Se creó la Subcuenta de Garantías para la Salud. La destinación de los recursos que generen las Subcuentas del FOSYGA se encuentra señalada de manera expresa en la Ley y se enmarca únicamente en la prestación de servicios de salud a la población., Por el cual se determinan los parámetros generales de viabilidad, monitoreo, seguimiento y evaluación de los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero que deben adoptar las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial, categorizadas en riesgo medio o alto y se dictan otras disposiciones." Resolución 292 de 2013 Por la cual se definen los términos y condiciones de reporte del Plan de aplicación y ejecución de los recursos de que trata la Ley 1608 de 2013, Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. Decreto 2400 de 2002 Los cotizantes dependientes o afiliados adicionales, de que trata el artículo 40 del Decreto 806 de 1998, sólo podrán ser inscritos o continuar como afiliados adicionales, siempre que el cotizante pague en forma mensual anticipada a la Entidad Promotora de Salud, Derogado por el Decreto 1283 de 1996 (Capitulo 1 del Título I - Parte 6 – Libro 2 del Decreto 780 de 2016 - DURSS) y 1013 de 1998; estas normas definieron los procedimientos operativos para la compensación según el artículo 204 de la Ley 100 de 1993 y aplicaron de forma sistemática el desarrollo estructural de la Subcuenta de Compensación en términos de control, validación, calidad de información y oportunidad en el reconocimiento y giros de los recursos Decreto 1283 de 1996 Se estableció el valor anual per cápita para los planes de promoción y prevención,por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud., Crea el Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS- y señala que éste sistema debe ordenar las instituciones y los recursos necesarios para alcanzar los objetivos, unificar la normatividad y la planeación de la seguridad social. artículo 218 de la Ley 100 de 1993 El Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA- fue creado como una cuenta adscrita al Ministerio de Salud, la cual tiene a cargo los recursos que financien y/o cofinancien el Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS., Por el cual se unifican y actualizan las reglas de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, se crea el Sistema de Afiliación Transaccional y se definen los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliación y el goce efectivo del derecho a la salud Decreto 780 de 2016 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social RESOLUCIONES FECHA EPIGRAFE, Por el cual se adoptan unas disposiciones reglamentarias de la Ley 100 de 1993, se reglamenta parcialmente el artículo 91 de la Ley 488 de diciembre 24 de 1998, se dictan disposiciones para la puesta en operación del Registro Único de Aportantes al Sistema de Seguridad Social Integral, se establece el régimen de recaudación de aportes que financian dicho Sistema y se dictan otras disposiciones Ley 509 de 1999 Definió el régimen especial de madres comunitarias prevé la cotización del 4% sobre la bonificación que les reconoce, la cotización restante del 8% se financiaban con los rendimientos producidos por el Fondo de Solidaridad y Garantía –FOSYGA., Crea el Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS- y señala que éste sistema debe ordenar las instituciones y los recursos necesarios para alcanzar los objetivos, unificar la normatividad y la planeación de la seguridad social. artículo 204, la Ley 100 de 1993 estableció la obligatoriedad de aplicar, a los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, una cotización del 12% del salario base de cotización, La norma que la modifique. Problemáticas, necesidades y potencialidades de los municipios, distritos y departamento. Resultados en salud priorizadas de cada entidad, dimensiones y metas del PDSP.Las estrategias en las líneas operativas de promoción en salud y gestión de riesgo definidas en el Plan Territorial de Salud. Competencias y responsabilidades establecidas en la ley. Decretos 1896 de 1994 Derogado por el Decreto 1283 de 1996 (Capitulo 1 del Título I - Parte 6 – Libro 2 del Decreto 780 de 2016 - DURSS) y 1013 de 1998; estas normas definieron los procedimientos operativos para la compensación según el artículo 204 de la Ley 100 de 1993 y aplicaron de forma sistemática el desarrollo estructural de la Subcuenta de Compensación en términos de control, validación, calidad de información y oportunidad en el reconocimiento y giros de los recursos