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Este Cmap, tiene información relacionada con: extinción sociedad, Extinción conlleva 1. Se deberá solicitar en el Registro Mercantil Provincial de la incripción de la escritura pública de la extinción de la sociedad 2. Organismo: Registro Mercantil Provincial 3. Plazo: dentro del mes siguiente al otorgamiento de la escritura de extinción 4. Documentación: - Escritura pública de extinción - Balance final de liquidación - Relación de los socios - Resguardo de la provición de fondos por gastos de publicación en el BORME. 5. Procedimiento electrónico: el notario remitirá de forma telemática directamente al RMP la escritura de extinción 6. Tipo: Obligatorio, Extinción de la sociedad consta Disolución, Extinción de la sociedad consta Liquidación, Liquidación consiste en el reparto del haber social entre los socios 1. Organismo: liquidadores de la sociedad o notario público 2. Plazo: max 3 años desde la apertura de la liquidación, plazo de 2 meses para impugnar el balance final de liquidación y el acuerdo. 3. Tipo: Obligatorio, Disolución se divide en 1. Acuerdo de disolución 2. Organismo: -Junta general de socio -Notario 3. Plazo: dos meses para adoptar el acuerdo de disolución. 4. Documentación: escritura pública 5. Tipo: Obligatorio si concurre alguna de las causas enumeradas en la ley, Extinción de la sociedad consta Extinción